miércoles, 29 de febrero de 2012

Educacion tributaria(temas de interes)


La  Educación  Tributaria.



La educación fiscal o tributaria, es una política de Estado que tiene como objetivo fomentar una ciudadanía participativa y consciente de sus derechos y obligaciones. Se trata de un proceso de enseñanza y aprendizaje basado en tres ejes: formación en valores, construcción de la ciudadanía y cultura fiscal.

Basado en la importancia de la formación y educación tributaria de la ciudadanía, El SENIAT ha puesto en práctica programas y estrategias didácticas, que tienen como finalidad, abordar la conciencia de la población acerca de temas aduaneros y tributarios; para ello dicho organismo ha suscrito un convenio de Cooperación Interinstitucional con el Ministerio del Poder Popular Para la Educación, con la finalidad de de ejecutar acciones orientadas a reforzar la cultura tributaria.



Divulgación Tributaria.

La divulgación  es un conjunto de actividades que interpretan y hacen accesible el conocimiento de un tema en particular, al público general, es decir todas las acciones que llevan  conocimiento  a las personas interesadas en entender o informarse  acerca de un tema. En este caso, la divulgación tributaria pone a disposición de las personas interesadas y el público en general, información acerca de temas relacionados con el acontecer tributario y aduanero de un país. En la actualidad en nuestros país, son muchas las acciones tomadas no solo por los organismos gubernamentales encargados de los asuntos tributarios y fiscales, sino también empresas y organizaciones privadas que ponen a disposición del colectivo, constantemente, estrategias, como charlas, foros, cursos, entre destinados a la capacitación e información del acontecer tributario nacional.

En la actualidad, en nuestro país se llevan a cabo jornadas de divulgación tributaria, en conjunto con diferentes centros educativos universitarios, quienes dentro de sus programas de profesionalización, y atendiendo a las necesidades del país, contribuyen de forma mancomunada con el Seniat, y en el marco de el trabajo comunitario, con la formación y capacitación de la sociedad en general.



Desarrollo Social, Desarrollo Profesional y Cultura Tributaria.



La cultura tributaria, es un conjunto de conocimientos, valoraciones y actitudes referidas a los tributos, así como al nivel de conciencia respecto de los deberes y derechos que derivan para los sujetos activos y pasivos en esa relación.

Este es un tema de responsabilidad ciudadana, la cual consiste en asumir las obligaciones tributarias. El objetivo principal de la cultura tributaria debe ser el de hacer conciencia en que la tributación no sólo es una obligación fiscal, sino un deber de cada ciudadano ante la sociedad para lograr el desarrollo del país. La tributación se debe reflejar en el manejo y destino de los fondos públicos.
La base de una cultura tributaria debe ser el de informar a los contribuyentes sobre aspectos fiscales, de su importancia y su función como sustento para que el Estado pueda cumplir con sus fines, así como fomentar una actitud responsable para contribuir al desarrollo social y profesional de una sociedad.



Contribuciones  Especiales.  

 Las contribuciones especiales se clasifican de acuerdo con el hecho imponible que le da origen en:

Contribuciones sobre plusvalía: son las que se originan en virtud de cambios de uso o de intensidad de uso de aprovechamiento, previstos en los planes de ordenación urbanística, cuando se vean favorecidas propiedades inmuebles por un incremento de su valor, denominado plusvalía.

Contribución por mejoras: son las que se causan por la ejecución de obras públicas o prestación de un determinado servicio público de evidente interés colectivo, siempre que, como consecuencia de esas obras o servicios, resulten especialmente beneficiadas determinadas propiedades.

Contribuciones de seguridad social: denominadas también parafiscalidad, están a cargo de patronos y trabajadores y cuya recaudación se destina a la financiación de servicios de previsión y asistencia social.





Diferencia de las Tasas con los Impuestos    



 Tasa. Es la contraprestación de un servicio que el individuo usa en provecho propio. El sacrificio tiene en vista el interés particular y en forma mediata el interés general. En principio no son obligatorias, pues nadie puede ser obligado a utilizar los servicios ni perseguido porque prescinda de ellos; aunque al monopolizar el estado ciertos servicios públicos que imponen tasas, su empleo es forzoso como consecuencia del monopolio y la necesidad. Esta forma indirecta de coacción es muy distinta a la coacción legal que presiona para el cobro del impuesto.

Corresponden en su mayor parte a una organización del Estado formada con la base del dominio semipúblico, integrado con ciertos capitales, para prestar servicios con la idea predominante del interés colectivo.

Impuestos. Es una contribución de los individuos al mantenimiento del Estado considerado como institución necesaria a la subsistencia de la vida colectiva. El sacrificio tiene en vista el interés general y en forma mediata el interés particular. La coacción jurídica es categórica, general y uniforme. Todo individuo debe pagarlo; si se resiste y el Estado lo advierte, se le obliga por conminación administrativa al comienzo y por acción judicial después. La coacción jurídica actual tiene una base muy firme, en la forma democrática del Estado y en el sentido económico y social de las leyes. Derivan del derecho que la Constitución asigna a las autoridades para constituir el tesoro común

                          



Diferencia de las Contribuciones  Especiales con los Impuestos y las  Tasas.



 En el impuesto hay una actividad inmediata e indirecta por parte del Estado, a largo plazo, en cambio, en la tasa hay una actividad directa e inmediata, es decir, una contraprestación a corto plazo. En el impuesto, el Estado no interviene en la realización del hecho imponible, el sujeto por sí solo lo realiza sin intervención estatal, en la tasa el hecho imponible se genera con la intervención del Estado ya que la actividad que este presta es la que lo genera.

Las diferencias entre el impuesto y la contribución especial es que en el impuesto, como ya se dijo, hay un actividad mediata e indirecta, en cambio, en la contribución especial no sólo se da un beneficio económico para el individuo sino que también hay una actividad de parte del Estado que es inmediata.

En la tasa y en la contribución especial hay una actividad inmediata y directa del Estado, pero no obstante, la tasa se paga independientemente del resultado de la prestación, en cambio, en la contribución se requiere que el individuo obtenga un beneficio o ventaja patrimonio.



Aspectos Tributarios mas Relevantes del Sistema Tributario Nacional.

  

 Existen diferentes tipos de ingresos públicos, legalmente establecidos en la Constitución  de la República, sin embargo son los ingresos tributarios, los que se obtienen mediante la recaudación de los impuestos, tasas  y contribuciones especiales; siendo estos considerados como una de las fuentes de ingresos públicos que poseen los estados, adicional a otras actividades financieras propias de cada país.



  • Uno de los aspectos mas relevantes del sistema tributario nacional en Venezuela, se encuentra  la norma consagrada  en el Articulo 317 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (1.999) que dicta el  carácter  pecuniario del tributo, estableciendo lo siguiente: “No podrán establecerse obligaciones tributarias pagaderas en servicios personales  lo cual indica que las obligaciones tributarias son única y exclusivamente pagaderas monetariamente, garantizando así el derecho a la integridad de cada persona.
  • Por otra parte se encuentra lo dispuesto en el Articulo 133 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (1.999)  en el cual menciona el carácter obligatorio que recae sobre cada ciudadano a contribuir con los gastos públicos  del Estado mediante el pago de los impuestos tasa y contribuciones que establezca la ley; esta norma indica que no se exime a ningún ciudadano del pago de impuestos.
  • Otro aspecto relevante establecido en la ley  se encuentra  en el Articulo 317 de nuestra Constitución, el cual dispone, que “no podrá cobrarse impuesto, tasa ni contribución alguna que no este establecido en la ley, ni podrá concederse exenciones y rebajas ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos en la ley”, con esto el Estado busca que ante todo se aplique el principio de la legalidad y se reserve el poder que tiene el Estado sobre las instituciones publicas y gubernamentales, con el fin de proteger al contribuyente, este principio funciona como seguridad y garantía jurídica de parte del Estado  para los ciudadanos, lo cual es fundamental en un sistema democrático.
  • En el mismo orden de ideas y resaltando el principio de protección al ciudadano como contribuyente, podemos destacar como aspecto importante el tema de la justa distribución de las cargas publicas, según la capacidad económica del contribuyente, ayudando así a la progresividad de la sociedad y la protección de la economía nacional.





Hablemos de Reforma Tributaria.

Cualquier  proceso de transformación de cualquier índole, requiere la adopción de ciertas estrategias que permitan lograr eficientemente los objetivos planteados. En Venezuela, el Proceso de Reforma Tributaria no es un tema nuevo, ya que la primera de dichas estrategias se inició en el año 1989, con la propuesta de una Administración para el Impuesto al Valor Agregado, que luego fuera asumiendo paulatinamente el control del resto de los tributos que conformaban el sistema impositivo nacional para ese momento. A mediados de 1994, se estructuró un programa de reforma tributaria, dentro de un esfuerzo de modernización de las finanzas públicas por el lado de los ingresos, que en Venezuela se denominó "Sistema de Gestión y Control de las Finanzas Públicas, propiciando la actualización del marco legal y funcional de la Hacienda Pública Nacional, Dicha reforma seguía las tendencias que en ese mismo sentido se habían generalizado en nuestra América Latina, como consecuencia de la crisis de deuda pública de la década de los 80, conjuntamente con los programas de reforma del Estado y de ajuste fiscal entendidos como posibles soluciones a dicha crisis.  Con esta reforma se pretendió la introducción de ciertas innovaciones importantes como la simplificación de los tributos, el fortalecimiento del control fiscal y la introducción de normas que hicieran más productiva y progresiva la carga fiscal.

Dentro del marco así creado, también se consideró importante dotar al Estado venezolano de un servicio de formulación de políticas impositivas y de administración tributaria, cuya finalidad declarada por el primer Superintendente Nacional Tributario en el año 1996 consistía en "reducir drásticamente los elevados índices de evasión fiscal y consolidar un sistema de finanzas públicas, fundamentado básicamente en los impuestos derivados de la actividad productiva y menos dependiente del esquema rentista petrolero.". Ese cambio tan relevante se logró a través de la creación  de los que hoy conocemos con SENIAT  Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria  o lo que actualmente es Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, mediante Decreto Presidencial Número 310 de fecha 10 de agosto de 1994.  conjuntamente  con la creación del SENIAT, se adoptó también un sistema de Contribuyentes Especiales, para atender y controlar a los contribuyentes de mayor significación fiscal Finalmente, a partir de la reciente promulgación de nuestra nueva Constitución en diciembre de 1999,, el Sistema Tributario en Venezuela ocupa un lugar destacado en los presupuestos de la República, toda vez que se adelanta, una vez más, un proceso de reforma tributaria tendiente a mejorar el sistema tributario Venezolano En la actualidad en la Asamblea Nacional se están discutiendo temas de vital importancia para el futuro de nuestro sistema tributario.



 El  Aporte de las Nuevas Tecnologías al Sistema Tributario  en Venezuela.

           

Venezuela no escapa de  la importancia que han adquirido en las ultimas décadas las nuevas tecnologías de información y comunicación, y en tal sentido es Estado venezolano a través de la creación del Ministerio de Ciencia y Tecnología, a puesto en marcha  diferentes estrategias y proyectos  enmarcadas en las políticas de desarrollo del País, en el área de la tecnología. Dichas estrategias se han  puesto en práctica en todos los sectores que conforman el funcionamiento del Estado, y en este sentido en el Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) se han elaborado propuestas para organizar el sistema de dirección y comunicación. La misión del SENIAT es la de recaudar con la mayor efectividad los recursos que entran al Estado provenientes de Los Tributos a través de un sistema integral de administración tributaria, moderno, eficiente, equitativo y confiable, lo cual ha sido posible los últimos años gracias a la implementación de las nuevas tecnologías, como se evidencia en la plataforma de el portal www.seniat.gov.ve donde el contribuyente tiene acceso directo a toda la información necesaria, consultas , publicaciones, renuencias entre otros.





























(Recopilado por: Marieugenia Ortega)


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